Curso 2024/2025
Periodo extraordinario, supeditado a existencia de vacantes (fecha admisión 01/03/2025)
Inscripción: Del 20 de enero a 30 de mayo de 2025
Publicación de admisión: Variable (consultar CAPD)
Periodo de matrícula:
Matrícula ordinaria- Automatrícula (sólo dedicación completa, dedicación parcial contactar con Secretaría de alumnos): 1 al 31 marzo de 2025
Curso 2025/2026
1er Período (ordinario)
Inscripción: Del 20 de enero 2025 a 30 de mayo de 2025
Publicación de admisión:
27 de junio de 2025 (lista provisional) 18 de julio de 2025 (lista definitiva)
En caso de tener cualquier duda sobre su admisión, debe ponerse en contacto directamente con su Programa de Doctorado
2º Periodo (supeditado a existencia de vacantes)
Inscripción: Del 28 de junio de 2025 al 26 de julio de 2025 y del 4 de septiembre de 2025 al 12 de diciembre de 2025
Publicación de admisión: Variable (consultar CAPD)
Matrícula
Matrícula ordinaria- Automatrícula (sólo dedicación completa, dedicación parcial contactar con Secretaría de alumnos): Del 19 al 31 de julio de 2025 y del 4 de septiembre al 10 de octubre de 2025.
Según el Artículo 6 del R.D 99/2011 y el Artículo 11 del “Modelo de Doctorado de la Universidad Politécnica de Madrid” los REQUISITOS DE ACCESO al presente Programa son:
-
- Para el acceso a un programa de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
- Podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTs en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio complementos de formación, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
c) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
d) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias. La Comisión de Posgrado de Doctorado de la UPM será la responsable de comprobar para aquellos alumnos que estén en posesión de títulos obtenidos conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior que el título acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado.
La admisión a un Programa de Doctorado de la UPM se regirá por los criterios específicos del programa siempre que cumpla las condiciones generales de admisión de la UPM.
El PERFIL DE INGRESO recomendado de los aspirantes debe cubrir alguno de los siguientes requisitos:
1. Estar en posesión de un título universitario oficial español de Arquitecto o Ingeniero
2. Los Graduados en Arquitectura e Ingeniería deberán haber realizado un Máster
Universitario Oficial previo para poder acceder al presente programa.
3. Estar en posesión de un título universitario oficial de Arquitecto o Ingeniero de otro país que cumplan las siguientes condiciones:
a) Habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre
b) Haber superado un mínimo de 300 créditos ECTs en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60 habrán de ser de nivel de Máster.
c) Resolución de homologación del Ministerio de Educación.
d) Que las titulaciones de acceso posean, en sus planes de estudio, al menos 60 ECTs asociados al área de Construcción y Tecnología Arquitectónicas.
e) Los criterios y procedimientos de admisión de los estudiantes a tiempo parcial son los mismos que para los estudiantes a tiempo completo
f) Los criterios y procedimientos de selección y admisión en el Programa una vez cumplidas las condiciones exigidas en el RD 99/2011 para el acceso, será llevado a cabo por la Comisión Académica del Programa y se evaluará de acuerdo con las acciones descritas en el Borrador del Programa.